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Edictos
Policiales
____________________________________________________¡Gracias a Diego!
Ordenanza
Municipal de Buenos Aires
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DEL INTERIOR -
ORDENANZA NRO. 234/98
Del Ministerio del Interior. De acuerdo con la Carta Fundamental de la Republica
Argentina y vistos los antecedentes y las atribuciones que le refieren, el
Decreto Nro. 69 de la Condición Política del Estado decreta lo siguiente:
A partir de la fecha los Novios y/o Amantes que fueran sorprendidos en lugares
Prohibidos como, Parques Municipales, Plazas, Esquinas oscuras, Cines, Lugares
solitarios, Asientos traseros de vehículos en la Playa y otros lugares
solitarios, se le multara según la siguiente tabla de valores (Decreto Nro. 69
que se refiere a la Etica Moral del País):
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La mano en aquello
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$ 60
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Aquello en la mano
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$ 100
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Aquello en
aquello
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$ 150
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Aquello fuera de aquello
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$ 200
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Aquello
dentro de aquello
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$ 250
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Aquello detrás de aquello
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$ 300
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Aquello delante de aquello
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$ 350
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Nota: Los que
fueran sorprendidos con AQUELLO en la BOCA, o la BOCA en AQUELLO. Pagaran una
multa de acuerdo al "Tamaño de aquello".
Para el reconocimiento de la gente damos algunas definiciones de AQUELLO:
-
No es murciélago, pero vive colgado
-
No es acordeón, pero se estira y se
encoge
-
No es soldado, pero ataca por
delante y por detrás
-
No piensa, pero tiene cabeza
-
No es atractivo, pero le dicen lindo
-
No es analgésico, pero dicen que
calma
-
No es palmera, pero tiene dos cocos
-
No pertenece a ningún club, pero le
dicen miembro
-
No es guanaco, pero escupe
-
No es intruso, pero
se mete
-
No es caballero, pero se para
delante de las damas
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